Borges y la argumentación jurídica
Por Carlos Martínez Loza
Lo que la argumentación
jurídica es puede enseñarse con uno de los más extraños personajes que ideó
Borges. En el cuento Deutsches Requiem,
Otto Dietrich zur Linde, un oscuro oficial nazi que escucha música de Brahms y
lee a Schopenhauer, escribe el día anterior a su ejecución: “nadie puede probar
una copa de agua o partir un trozo de pan, sin justificación”.
La argumentación jurídica
busca dar razones para justificar las decisiones judiciales. Si nadie puede
partir un trozo de pan sin justificación, cuanto más ningún tribunal o juez
puede emitir una decisión jurídica sin que esté justificada. Robert Alexy, al
hablar de los rasgos fundamentales de la argumentación jurídica, considera a la
justificación (Rechtsfertigung) o
fundamentación (Begründung) como un
elemento indispensable de los discursos jurídicos que sustenta a un caso
especial de proposiciones normativas: las decisiones jurídicas.
En otras palabras, si un
tribunal decide que en un caso debe prevalecer el derecho a la información
sobre el derecho a la privacidad, le será necesario mostrar los razonamientos,
argumentos, interpretaciones, tópicos, precedentes, pruebas y presunciones
racionales que expliquen al justiciable y al auditorio universal cómo y por qué
se ha arribado a tal decisión. Todo ello en un marco argumentativo que se
despliega en dos niveles: la justificación interna y la justificación externa;
lo cual remite a su vez a patrones especiales de argumentación que ministran la
lógica formal e informal, la lingüística, la pragmadialéctica y la retórica.
Decidir en el derecho no es
como resolver aquellos ejercicios escolares de algebra donde el alumno copia a
su compañero de al lado el resultado correcto pero omite el despliegue
algebraico que lo fundamenta. Esta manera de proceder se erige en una gran
tentación para los tribunales al ensayar el derecho comparado: ver cómo han
resuelto los tribunales de otros países ciertos casos complejos y mediáticos
para después importar esas soluciones pero olvidando el razonamiento jurídico
sustancial.
Volvamos al oscuro oficial
nazi. A ratos se comporta difusor de la Teoría Predictiva del Derecho, como en
este pasaje:
“En cuanto a mí, seré fusilado
por torturador y asesino. El tribunal ha procedido con rectitud; desde el
principio, yo me he declarado culpable. Mañana, cuando el reloj de la prisión
dé las nueve, yo habré entrado en la muerte”.
El famoso juez norteamericano Oliver
Wendell Holmes dijo décadas atrás de la aparición de este cuento lo siguiente:
“Si queréis conocer el Derecho y nada más, mirad el problema con los ojos del
mal hombre, a quien solo le importan las consecuencias materiales que gracias a
ese conocimiento puede predecir.”
Si el derecho es la profecía
de lo que el juez hará, como postula el realismo jurídico de Holmes, Otto
Dietrich zur Linde puede ser un arquetipo de ese “mal hombre” a quien solo le
importa la condena que merece su conducta abominable pero no los razonamientos
o la argumentación.
En otra página, y siguiendo la
doctrina de Schopenhauer, Borges escribe: “cada encuentro casual es una cita”,
pues todos los hechos que le pueden ocurrir a un hombre, desde su nacimiento
hasta su muerte, han sido prefijados por él. Suponiendo la verdad de esta idea,
podemos imaginar a un juez que resuelve un caso difícil en el derecho obrar de
la siguiente manera: primero determina el sentido de su decisión y después
razona sus argumentos, aparentando que la decisión es producto de un
razonamiento cuando ya ha sido prefijada de antemano. Esto me parece
problemático en un sentido, pues es tanto como poner primero los caballos y
después la carreta.
El cuento de Borges puede
revelarnos dos problemas acuciantes en el derecho: el desprecio por la
argumentación jurídica en las decisiones y la inversión argumentativa cuando
primero se decide y después se razona esa decisión.
Razono, luego decido.
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