Paolo Grossi, una obra también para procesalistas

 


Por Erika Yazmín Zárate Villa


El tono de este documento será solemne. Ha muerto Paolo Grossi. Por lo que decidí escribir para este blog sobre las temáticas que me interesa divulgar con conexión a la obra del profesor florentino. Y sé que es exigencia del blog referirse a la literatura, por lo que no consideren una falta de respeto mezclar la obra del destacado jurista con cuestiones literarias.

Recordar al profesor Grossi debería ser algo común. Siempre que nos preguntamos por qué una figura jurídica es de cierto modo o por qué la entendemos en algún sentido tendríamos que acudir a la tarea histórica del jurista. La obra de Paolo Grossi explica de dónde viene el derecho de occidente, cómo se formó y para qué surgió. Sus escritos no se tratan de acontecimientos o datos. Son una reconstrucción sociológica de los hechos e ideas que son la base del pensamiento jurídico, de la enseñanza del derecho y la conformación de las normas jurídicas de lo que conocemos como civilización occidental.

Un punto destacado de las enseñanzas del profesor Grossi es el derecho de propiedad. En su texto Propiedad y Contrato[1] remarca que en el antiguo régimen era más importante la cosa que los sujetos contratantes, pero con la nueva era la propiedad se centra en la idea del sujeto libre y económico, se trata de la propiedad individual. Esa dimensión corresponde a la revolución francesa y se perfeccionó con la codificación napoleónica. Paolo Grossi afirma que la codificación, la propiedad y el contrato son las piedras angulares del nuevo derecho, el individualismo jurídico hace al sujeto legislador en su esfera privada, el contrato será la ley, porque surge de hombres libres propietarios y blancos con voluntad individual.

Esas ideas del profesor Grossi me llevan a pensar en cómo esa concepción individualista del derecho sustantivo moldeó el derecho procesal necesario para defender los derechos que corresponden al sujeto propietario. Pienso que la respuesta es la imagen del proceso como un vehículo de solución de conflictos y donde impera lo privado. Visión que es congruente con la importancia de la autonomía de la voluntad en el individualismo jurídico estudiado por nuestro autor.

Ese entendimiento del derecho explicado por el profesor Grossi marcó las ideas sobre el Estado y el papel de los gobernantes, así como el significado de la igualdad jurídica. De algún modo esa concepción se presenta en la trama del libro El mercader de Venecia, desarrollada en la Europa del renacimiento. En esa obra es preponderante el contrato como expresión de la voluntad. El proceso y las pruebas aparecen, pero el sentido protagónico es esa voluntad. El juez debía ser un espectador. Se presupone que las partes son “matemáticamente iguales”, aspecto que tiene íntima relación con las posiciones de Paolo Grossi, la igualdad se piensa desde esa concepción individualista del derecho.

Aunque el profesor Grossi, como antes conté, buscaba explicar esas bases históricas del derecho para subrayar los cambios necesarios a esa matriz individualista en beneficio de colectivos, de las diferencias, de los que no caben en el patrón de propietarios con derechos y, que finalmente la autonomía de la voluntad debe tener límites: los derechos de los otros.

Esa propuesta de Grossi, de algún modo, es captada en el libro El mercader de Venecia, en el juicio sobre el cumplimiento de un contrato no se resuelve a favor del prestamista, aun cuando queda una sensación de extrañeza, ya que se le condena a renegar de su religión. Decisión que coincide con lo que Paolo Grossi indica de la base individualista del derecho, sumamente cimentado en la raíz decimonónica del Estado liberal y que puede trasladarse para entender al proceso como un centro de solución de conflictos. Característica del proceso que es un gran avance sobre la venganza o autotutela como forma de poner fin a una disputa por los derechos. Sin embargo, los procesos no se tratan solamente de individuos propietarios y, aun en esos casos, los pleitos se pueden tratar de personas enfrentadas totalmente desiguales o el propietario podría estar defendiéndose del Estado o tratarse de grupos que históricamente están en desventaja.

En ese abanico de diferencias El mercader de Venecia, en cierta medida deja asomar que esa visión individualista no puede ser totalizadora, porque exagerar en la autonomía de la voluntad como rectora de todo y, ante todo, llevaría a aplastar los derechos de otros y, quizás, dejar de lado otros valores sociales. Entonces, como nos propone Grossi en su obra, el derecho privado no lo es del todo individualista porque tiene un matiz de interés general. Así la obra de Paolo Grossi coincide con una visión desarrollada por más pensadores y pensadoras del derecho en la que la igualdad no es simetría perfecta, las diferencias entre las personas importan, y mucho, no pueden dejarse de lado. Y esa es la gran herencia intelectual que nos ha dejado el profesor Grossi, pensar que el derecho y sus procesos para defenderlos son más que el bienestar individual.

A partir de la lectura de la obra del Profesor Grossi, tal como el libro El mercader de Venecia, pienso que las nuevas generaciones de juristas las deben conocer y reflexionar en torno a sus contenidos. Me atrevo a pensar que don Paolo Grossi estaría de acuerdo en considerar que el derecho procesal no debe olvidar que la igualdad no es sólo la individualista decimonónica, también es importante la igualdad estructural, “un salto a la luna”, pero siempre necesario para replantear la igualdad como en la imagen que antecede esta entrada.




[1] En El Estado Moderno en Europa, Instituciones y Derecho, Trotta, pp. 127 a 136.

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