Paolo Grossi, una obra también para procesalistas
Por Erika Yazmín Zárate Villa
El tono de este documento será
solemne. Ha muerto Paolo Grossi. Por lo que decidí escribir para este blog
sobre las temáticas que me interesa divulgar con conexión a la obra del profesor
florentino. Y sé que es exigencia del blog referirse a la literatura, por lo
que no consideren una falta de respeto mezclar la obra del destacado jurista
con cuestiones literarias.
Recordar al profesor Grossi debería
ser algo común. Siempre que nos preguntamos por qué una figura jurídica es de
cierto modo o por qué la entendemos en algún sentido tendríamos que acudir a la
tarea histórica del jurista. La obra de Paolo Grossi explica de dónde viene el
derecho de occidente, cómo se formó y para qué surgió. Sus escritos no se
tratan de acontecimientos o datos. Son una reconstrucción sociológica de los
hechos e ideas que son la base del pensamiento jurídico, de la enseñanza del
derecho y la conformación de las normas jurídicas de lo que conocemos como
civilización occidental.
Un punto destacado de las
enseñanzas del profesor Grossi es el derecho de propiedad. En su texto
Propiedad y Contrato[1] remarca que en el antiguo
régimen era más importante la cosa que los sujetos contratantes, pero con la
nueva era la propiedad se centra en la idea del sujeto libre y económico, se
trata de la propiedad individual. Esa dimensión corresponde a la revolución
francesa y se perfeccionó con la codificación napoleónica. Paolo Grossi afirma
que la codificación, la propiedad y el contrato son las piedras angulares del
nuevo derecho, el individualismo jurídico hace al sujeto legislador en su
esfera privada, el contrato será la ley, porque surge de hombres libres
propietarios y blancos con voluntad individual.
Esas ideas del profesor Grossi
me llevan a pensar en cómo esa concepción individualista del derecho sustantivo
moldeó el derecho procesal necesario para defender los derechos que
corresponden al sujeto propietario. Pienso que la respuesta es la imagen del
proceso como un vehículo de solución de conflictos y donde impera lo privado.
Visión que es congruente con la importancia de la autonomía de la voluntad en
el individualismo jurídico estudiado por nuestro autor.
Ese entendimiento del derecho explicado
por el profesor Grossi marcó las ideas sobre el Estado y el papel de los
gobernantes, así como el significado de la igualdad jurídica. De algún modo esa
concepción se presenta en la trama del libro El mercader de Venecia,
desarrollada en la Europa del renacimiento. En esa obra es preponderante el
contrato como expresión de la voluntad. El proceso y las pruebas aparecen, pero
el sentido protagónico es esa voluntad. El juez debía ser un espectador. Se
presupone que las partes son “matemáticamente iguales”, aspecto que tiene íntima
relación con las posiciones de Paolo Grossi, la igualdad se piensa desde esa concepción
individualista del derecho.
Aunque el profesor Grossi,
como antes conté, buscaba explicar esas bases históricas del derecho para
subrayar los cambios necesarios a esa matriz individualista en beneficio de
colectivos, de las diferencias, de los que no caben en el patrón de
propietarios con derechos y, que finalmente la autonomía de la voluntad debe
tener límites: los derechos de los otros.
Esa propuesta de Grossi, de
algún modo, es captada en el libro El mercader de Venecia, en el juicio
sobre el cumplimiento de un contrato no se resuelve a favor del prestamista,
aun cuando queda una sensación de extrañeza, ya que se le condena a renegar de
su religión. Decisión que coincide con lo que Paolo Grossi indica de la base
individualista del derecho, sumamente cimentado en la raíz decimonónica del
Estado liberal y que puede trasladarse para entender al proceso como un centro
de solución de conflictos. Característica del proceso que es un gran avance
sobre la venganza o autotutela como forma de poner fin a una disputa por los
derechos. Sin embargo, los procesos no se tratan solamente de individuos
propietarios y, aun en esos casos, los pleitos se pueden tratar de personas
enfrentadas totalmente desiguales o el propietario podría estar defendiéndose
del Estado o tratarse de grupos que históricamente están en desventaja.
En ese abanico de diferencias El
mercader de Venecia, en cierta medida deja asomar que esa visión
individualista no puede ser totalizadora, porque exagerar en la autonomía de la
voluntad como rectora de todo y, ante todo, llevaría a aplastar los derechos de
otros y, quizás, dejar de lado otros valores sociales. Entonces, como nos
propone Grossi en su obra, el derecho privado no lo es del todo individualista
porque tiene un matiz de interés general. Así la obra de Paolo Grossi coincide
con una visión desarrollada por más pensadores y pensadoras del derecho en la
que la igualdad no es simetría perfecta, las diferencias entre las personas
importan, y mucho, no pueden dejarse de lado. Y esa es la gran herencia
intelectual que nos ha dejado el profesor Grossi, pensar que el derecho y sus
procesos para defenderlos son más que el bienestar individual.
A partir de la lectura de la
obra del Profesor Grossi, tal como el libro El mercader de Venecia,
pienso que las nuevas generaciones de juristas las deben conocer y reflexionar
en torno a sus contenidos. Me atrevo a pensar que don Paolo Grossi estaría de
acuerdo en considerar que el derecho procesal no debe olvidar que la igualdad
no es sólo la individualista decimonónica, también es importante la igualdad
estructural, “un salto a la luna”, pero siempre necesario para replantear la igualdad
como en la imagen que antecede esta entrada.
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