Leyes y ciencia ficción: derecho internacional cósmico
Por Manuel de J. Jiménez
Uno de los libros más sugerentes y creativos
que se han publicado en México desde un punto de vista doctrinario es Introducción al Derecho Internacional Cósmico,
del internacionalista hispano-mexicano Modesto Seara Vázquez. El libro no es
una ocurrencia académica o una especulación paralela a una línea de
investigación, pues se trata de la adecuación de la tesis doctoral que el autor
defendió el 29 de abril de 1959 en la Facultad de Derecho de la Universidad de
Paris. El libro se publicó dos años después por la entonces Escuela Nacional de
Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM con un prólogo de Isidro Fabela.[1] Sobre el título, dice el
jurista mexiquense: “los lectores se dan cuenta de la connotación de sus
palabras: Derecho Cósmico, es decir, el derecho extraterrestre, el que se
refiere al cosmos interplanetario; a la vida que ya existía pero que no había
descubierto el hombre”.
Sin
duda, la conceptualización de un “derecho cósmico” es acertada y desata la
imaginación no sólo de los juristas, sino de los lectores en general. Hay toda
una disciplina, que muchos leen como pseudociencia, conocida como exopolítica. En este sentido, podríamos
también referirnos a un exoderecho
que puede dar cuenta de la hipótesis de ejercer y reconocer derechos
extraterrestres. El tema también puede seguirse en la literatura de ciencia
ficción desde finales del siglo XIX. En la tradición mexicana, me parece
pionero el relato breve “La conquista de la luna” de Julio Torri, publicada en
la famosa revista Nosotros, animada
por el grupo del Ateneo de la Juventud.
En
el título III del libro en comento, “Relaciones con los posibles habitantes de
los cuerpos celestes”, se desprenden dos hipótesis: 1) En el caso de que sean
hombres y 2) En el caso de que sean seres inteligentes distintos a los hombres.
En esta última posibilidad, Seara admite el punto de partida de la comunicación
y la existencia de una lengua franca. Esta situación me recordó el guion de la
película Arrival (2016), donde una
lingüista aprende la lengua alienígena con consecuencias irreversibles en su
vida. Volviendo al libro de Seara, de acuerdo con él, el derecho internacional
debería abrir los cauces a un nuevo derecho con distintas bases teóricas. Siguiendo
al tratadista brasileño Haroldo Valladao, propone un “Direito Inter Gentes
Planetarias”.
Atendiendo
al principio de autoderminación de los pueblos, si estos seres estuvieren en
posesión de una cultura y una organización política, “tendrían absoluto derecho
a ser reconocidos como pueblos independientes y soberanos, y sería necesario
llegar a un acuerdo con ellos para establecer la reglamentación jurídica sobre
la cual deberían estar basadas las futuras relaciones y sería necesario aceptar
muchos de sus principios”. Como se observa, este nuevo derecho sería un reto
para los estudios interculturales del derecho y para lo que se conoce en la
teoría crítica como el pluralismo jurídico.
[1] http://www.modestoseara.com/img/portadas/Introduccion_Derecho_Internacional_Cosmico.pdf
El libro me recordó mis clases de derecho internacional de la licenciatura. Recuerdo que en aquél entonces se dedicaron algunas sesiones para hablar de «derecho espacial» o «derecho del espacio ultraterrestre», como solía denominarlo el profesor. Me sorprendió que existen documentos internacionales que establecen las bases jurídicas para su regulación, como el famoso Tratado de la luna o el Tratado General del Espacio. Incluso nos preguntábamos ¿en dónde comienza y termina el espacio?, o ¿a quién le pertenece la luna? Me parece que el estudio y divulgación de esta disciplina podría dar respuesta a estas interrogantes
ResponderEliminarGracias por esta entrada, magnífica aportación.
ResponderEliminarMe parece muy interesante este avance en el estudio del Derecho, pues complementa a los estudios de la exobiología. Por supuesto que es un tema serio, como diría el Dr.Narváez nos ayuda a imaginar otras formas de pensar el Derecho y la Justicia.
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